Cuánto cobra un trabajador de Correos
Cada año, miles de personas se presentan a la convocatoria de Correos para conseguir una de las plazas en los puestos de atención al cliente, agente de clasificación y reparto, pero la mayoría de los aspirantes no conoce cuánto cobrará si consigue una plaza en alguno de estos puestos de trabajo.
La agencia postal española celebró la última convocatoria en mayo de 2023 para cubrir 7.757 plazas y la próxima convocatoria se prevé para antes de que finalice este año y el examen para el primer semestre de 2025 con una oferta de más de 4.000 plazas.
Con esta nueva convocatoria se refuerza la marca Correos como empleadora de calidad y la apuesta de la compañía por el empleo estable y el desarrollo profesional de sus empleados.
Cómo entrar a trabajar en Correos
Para entrar a trabajar en esta empresa estatal existen dos vías de acceso: una por oposición y otra a través de su bolsa de empleo, pero esta última es solo para ocasiones puntuales y no te ofrece un puesto de trabajo estable para toda la vida.
Así que para poder realizar las oposiciones es necesario cumplir con unos requisitos entre los que destacan tener la edad legal mínima de contratación y contar con el título de Educación Secundaria Obligatoria o equivalente, en su defecto, con un título superior.
La prueba del proceso de selección consta de un cuestionario tipo test de 100 preguntas, 90 de ellas sobre el temario y las 10 preguntas restantes son psicotécnicas.
Pero, vamos a centrarnos en lo que dice el título de este artículo, ¿Cuánto cobra un trabajador de Correos?
Cómo es la nómina de un empleado de Correos
La empresa postal tiene su propio convenio laboral colectivo, donde quedan fijados tanto el salario como las condiciones del puesto.
Este sueldo varía según el puesto que se esté desempeñando, las funciones, la antigüedad, los trienios y algunos extras, como los desplazamientos. El salario bruto no bajará en ningún caso de los 1.080 euros mensuales brutos.
¿Cómo varía la nómina de un empleado de Correos según las funciones?
La nómina de un empleado de Correos en España depende de varios factores, incluyendo el puesto, la antigüedad, las horas trabajadas y cualquier complemento adicional que puedan recibir. A continuación, os dejamos cómo se estructura normalmente:
- Salario Base
- El salario base de un empleado de Correos puede variar según el grupo y categoría profesional a la que pertenezca. En Correos existen diferentes categorías, como:
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- Personal de reparto (a pie o motorizado)
- Agente de clasificación postal
- Atención al cliente en oficinas.
En general, el salario base para los puestos de entrada está entre 900 y 1,200 euros netos al mes, aunque esto puede variar ligeramente dependiendo de la región y el convenio colectivo.
- Complementos Salariales
- Antigüedad: se premia a los empleados que han permanecido más tiempo en la empresa, añadiendo un porcentaje adicional al salario.
- Complemento de destino: depende de la localización y puede variar según la oficina en la que esté ubicado el trabajador. Zonas de alto coste de vida o con mayor carga de trabajo pueden tener este tipo de complemento.
- Complemento específico: para trabajos con funciones específicas o en condiciones especiales, como repartos a zonas rurales o lugares con difícil acceso.
- Complemento por turnicidad o nocturnidad: si el empleado trabaja en horario nocturno o en turnos rotativos.
- Horas extras: el pago de horas extras se añade en caso de haber trabajado más allá del horario normal.
- Pagas Extraordinarias
- Los empleados de Correos tienen derecho a dos pagas extraordinarias al año, una en verano y otra en Navidad. Normalmente, cada paga es equivalente a un mes de salario base.
- Deducciones
- Seguridad Social: se deduce un porcentaje de la nómina para cubrir el sistema de seguridad social, que da derecho a sanidad, jubilación, y otros beneficios sociales.
- IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas): el porcentaje de IRPF varía dependiendo del salario y la situación personal del trabajador, como el estado civil, hijos, o personas a cargo.
- Sueldo Neto
- Después de aplicar todos los complementos y deducciones, el sueldo neto de un empleado de Correos en puestos de base puede estar entre 1,100 y 1,500 euros al mes. Este rango puede aumentar si el trabajador tiene antigüedad, complementos específicos, y trabaja en zonas de mayor complejidad o coste de vida.
En resumen los sueldos anuales serían:
- Atención al cliente1: 19.843,86€
- Atención al cliente2: 18.088,62€
- Repartidor 1: 18.014,04€
- Repartidor2: 17.029,96€
- Agente de Clasificación1: 16.745,6€
- Agente de Clasificación2: 16.653,08€
Correos, calidad de vida
Correos es una de las compañías con mejor ambiente de trabajo, por no hablar de unos horarios adecuados que permiten disfrutar tanto de la vida laboral como de la familiar.
De hecho, a día de hoy, trabajar en Correos es una de las profesiones mejor valoradas en España.
El horario laboral es de lunes a viernes, siete horas, bien de mañanas o bien de tardes. Por las mañanas, se trabaja desde las ocho de la mañana hasta las tres del medio día.
Además, el trabajador o la trabajadora cuenta con un mínimo de cuarenta días al año de vacaciones con días de asuntos propios incluidos.
También tienen la posibilidad de acceder a promoción interna a partir del primer año con plazas reservadas y posibilidad de excedencia, etc.
¿Cómo es la jubilación de los empleados de Correos?
Correos tiene un objetivo para rejuvenecer de manera importante su plantilla. Bajo la denominación de Acuerdo de Mejora de Empleo, se engloban una serie de acciones encaminadas a reducir la media de edad, que actualmente supera los 45 años.
Ahora bien, hay detalles muy importantes a conocer como son la edad de jubilación, las prejubilaciones, las pensiones a cobrar y el plan de pensiones de la empresa para empleados.
El requisito indispensable para poder jubilarse como empleado de Correos es haber completado un periodo mínimo de 15 años de servicios efectivos.
Una vez que se cumple esta condición, en Correos existen 3 tipos diferentes de jubilaciones:
- Forzosa por edad: una vez que se hayan cumplido los 65 años.
- Voluntaria: cuando se han cumplido 30 años de servicio y 60 años de edad. En este caso, para cobrar el 100 por 100 de la pensión, es necesario haber cumplido 35 años de servicio.
- Incapacidad permanente para el servicio.
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